Por Uzziel Ortega
Las multas para las empresas que no cumplan con la primera fase del etiquetado frontal de advertencia dispuesto en la Norma Oficial Mexicana 051, para alimentos preenvasados y bebidas no alcohólicas llegarán a 781 mil 920 pesos, previo a una inmovilización de los producto desde la bodega, y se implementarán a partir del 1 de diciembre luego de una extensión al plazo otorgada en julio pasado.
Ricardo Sheffield Padilla, titular de la Profeco, indicó que están preparando la estrategia para la supervisión del nuevo etiquetado, por lo que ya se coordinan con la Asociación Nacional de Tiendas de Autoservicio y Departamentales, Walmart de México y otras cadenas regionales que distribuyen alimentos procesados en el país.
Las multas serán aplicadas a los fabricantes; en el caso de los puntos de venta, como supermercados, tiendas de conveniencia, entre otros, se inmovilizará el producto en bodega.
Los comercializadores están en la disposición de retirar de la bodega el producto que no cumpla, pero el objetivo es que lo que no esté etiquetado ni siquiera llegue ahí, que no sea recibido por las tiendas.